Vistas de página en total

Buscar este blog

lunes, 13 de octubre de 2014

QUÉ ES UN CONSEJO PASTORAL DE LA PARROQUIA



El Consejo Parroquial de Pastoral es una novedad vivamente recomendada por el Concilio Vaticano II. Es el organismo que, en comunión con la Iglesia Diocesana, intenta realizar la unidad y la corresponsabilidad de presbíteros, religiosos y seglares en el cumplimiento de la misión de la Iglesia en el ámbito de la comunidad parroquial o en el de una unidad pastoral, esforzándose para que la Iglesia sea fiel a su misión y eficiente en el desempeño de la misma en su realidad concreta. La finalidad del Consejo es la programación, animación, coordinación y revisión de toda la acción pastoral de la Parroquia. El Código de Derecho canónico recoge la teología conciliar en el canon 536.
Los rasgos más destacables son que el consejo pastoral tiene voto meramente consultivo, y se rige por las normas que establezca el Obispo diocesano. 
Este consejo es definido como «un órgano colegiado "permanente" de carácter consultivo...». Sus miembros son: natos, elegidos y nombrados.
.- Son natos el párroco, los vicarios parroquiales, los diáconos, y los laicos instituidos en los ministerios estables de lector y de acólito. Los miembros elegidos lo son por un entre participantes de las principales acciones pastorales, comunidades (eclesiales, de vida consagrada y vida apostólica insertas activamente en la parroquia), asociaciones y movimientos apostólicos y otras institu­ciones de especial importancia para la comunidad parroquial. También cabe que haya miembros nombrados, en este caso directamente por el párroco.
La definición prosigue que «es un órgano colegiado... que, representando a toda la comunidad parroquial...»,  Pero la relación entre representación y elección no es siempre de conexión: ni en la familia, ni en la comunidad política, ni en la Iglesia. La representación no siempre tiene a la elección como medio de realizarse: en la Iglesia viene de la misión de Cristo a su autoridad, que es vicaria de Cristo Cabeza y representa al Cristo total, a la Iglesia. La elección no expresa, pues, la esencia de la representatividad política; pero es un medio de realizarla. Por esto los ordenamientos jurídicos tienden a mayor ecuación entre representación y elección como expresión de mayor democraticidad, sobre todo donde los elegidos responden ante el pueblo. En los consejos pastorales, la mayoría de sus miembros son laicos pertenecientes a diversas realidades pastorales y que no han recibido el sacra­mento del orden; ni han sido elegidos por la comunidad parroquial (aunque lo hayan sido en su grupo o asociación); «gozan sólo de voto consultivo» (c. 536, § 2), no participan de la autoridad del jerarca (Obispo, en el consejo diocesano; párroco en el parroquial): tal consejo no tiene, pues, título alguno para poder decir que «representa a toda la comunidad parroquial» «a la parro­quia». Es a lo sumo representativo, no representante. Con otras palabras: el Consejo es un reflejo de la parroquia, y por tanto se representa sólo a sí mismo.
El canon 512 sobre el consejo pastoral diocesano lo esta­blece también con más que suficiente claridad: no habla de representar, sino de que los miembros del consejo «sean escogidos de modo que a través de ellos quede realmente configurada (configuretur: que otros traducen por "reflejada") la porción del pueblo de Dios que constituye la diócesis, teniendo en cuenta sus distintas condiciones sociales y profesiones, así como también la parte que tienen en el apostolado tanto personalmente como asociados con otros.
Es importante hacer notar todo eso, para hacer crecer la tarea pastoral diaria como quiere la Iglesia, no como nosotros queremos, y que este consejo no venga a querer ser ejecutivo, y menos fiscalizador y juez de las asocia­ciones y entidades apostólicas.
La definición de consejo pastoral parroquial termina diciendo que «es un órgano... consultivo que, representando a toda la comuni­dad parroquial, promueve, potencia y dinamita las tareas pastorales de la misma».
Conociendo bien las realidades de nuestro ser y hacer diario en la parroquia y en la Unidad pastoral, mejoraremos en la tarea de evangelizar con la alegría que nos da el Evangelio.



Raúl Román Sánchez


No hay comentarios:

Publicar un comentario